EL CONTRATO DE TRABAJO
El trabajo se identifica con el esfuerzo que realiza una persona; o sea, que todo trabajo implica llevar a cabo un esfuerzo, que debe tener alguna repercusión en el orden económico; y en alguna medida satisfacer una necesidad.
El contrato de trabajo es aquel medio por el cual el empleado y el empleador se obligan recíprocamente, el primero a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación y el segundo a pagar por estos servicios una remuneración determinada.
Tipos de Contratos
Un contrato de trabajo puede ser por tiempo fijo o indefinido.
Duración indefinida: Este es el contrato de trabajo común en Venezuela, en el cual las partes no limitan específicamente la relación de trabajo en cuanto al período de tiempo o tareas a realizar.
Duración fija: Esta es una categoría excepcional, en la cual el acuerdo establece una duración fija.
Contrato para una Obra Especifica: Este tipo de contrato durara por todo el tiempo requerido para la ejecución de la obra y terminara con la conclusion de la misma.
Individual: Cuando se lealiza entre un patrono y un trabajador.
Colectivo: Cuando se lealiza entre uno o varios sindicatos y uno o varios patronos.
Caracteristicas del Contrato de Trabajo
Consentimiento: este se celebra por contrato de las partes.
Objetivo: establece las condiciones de la relacion de trabajo entre las partes.
Subordinación o dependencia: una persona se obliga a prestar sus servicios a otra bajo su dependencia.
Remuneracion: para que exista contrato de trabajo la labor debe ser remunerada.
Servicio personal: la persona uqe realiza el trabajo no puede ser sustituida por otra sin el previo consentimiento del patrono.
Lícito: la labor que se vaya a realizar debe estar de acuerdo con la ley , la moral y las buenas constumbres .
En Venezuela esto está regido por la Ley Orgánica del Trabajo, sus atículos están contemplados en el siguiente link
http://www.tsj.gov.ve/legislacion/lot.html . En esta Ley no se establece el "período de prueba" el cual es de tres meses, luego del tercer mes el trabajador tiene derechos a acumular prestaciones sociales y otros beneficios laborales.
El
MINTRA es el Ministerio defensor de los derechos laborales y sociales, el cual es llamado hoy día Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.