jueves, 10 de mayo de 2007

CONTRATO DE TRABAJO



EL CONTRATO DE TRABAJO

El trabajo se identifica con el esfuerzo que realiza una persona; o sea, que todo trabajo implica llevar a cabo un esfuerzo, que debe tener alguna repercusión en el orden económico; y en alguna medida satisfacer una necesidad.

El contrato de trabajo es aquel medio por el cual el empleado y el empleador se obligan recíprocamente, el primero a prestar servicios personales bajo dependencia y subordinación y el segundo a pagar por estos servicios una remuneración determinada.


Tipos de Contratos

Un contrato de trabajo puede ser por tiempo fijo o indefinido.

Duración indefinida: Este es el contrato de trabajo común en Venezuela, en el cual las partes no limitan específicamente la relación de trabajo en cuanto al período de tiempo o tareas a realizar.

Duración fija: Esta es una categoría excepcional, en la cual el acuerdo establece una duración fija.

Contrato para una Obra Especifica: Este tipo de contrato durara por todo el tiempo requerido para la ejecución de la obra y terminara con la conclusion de la misma.
Individual: Cuando se lealiza entre un patrono y un trabajador.
Colectivo: Cuando se lealiza entre uno o varios sindicatos y uno o varios patronos.


Caracteristicas del Contrato de Trabajo
Consentimiento: este se celebra por contrato de las partes.
Objetivo: establece las condiciones de la relacion de trabajo entre las partes.
Subordinación o dependencia: una persona se obliga a prestar sus servicios a otra bajo su dependencia.
Remuneracion: para que exista contrato de trabajo la labor debe ser remunerada.
Servicio personal: la persona uqe realiza el trabajo no puede ser sustituida por otra sin el previo consentimiento del patrono.
Lícito: la labor que se vaya a realizar debe estar de acuerdo con la ley , la moral y las buenas constumbres .


En Venezuela esto está regido por la Ley Orgánica del Trabajo, sus atículos están contemplados en el siguiente link http://www.tsj.gov.ve/legislacion/lot.html . En esta Ley no se establece el "período de prueba" el cual es de tres meses, luego del tercer mes el trabajador tiene derechos a acumular prestaciones sociales y otros beneficios laborales.


El MINTRA es el Ministerio defensor de los derechos laborales y sociales, el cual es llamado hoy día Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social.




3 comentarios:

Lizbeth Gutiérrez Vargas dijo...

ILICITOS TRIBUTARIOS

A lo largo de toda nuestra historia los venezolanos nos hemos acostumbrado a no pagar Impuestos, por diferentes motivos (corrupción, fácil evasión, bajo ingreso, supuesto bajo nivel de ganancias, costumbre), sentimos mucho dolor a la hora de transferir parte de nuestros ingresos y ganancias al Estado. Por si esto fuera poco, los gobiernos de turno a través de muchos años, se dieron a la tarea de llevar a cabo una política fiscal basada en los Ingresos provenientes del Petróleo, y cuando estos no alcanzaban, sencillamente, nos endeudábamos o devaluábamos y se solucionaba el problema, pero ninguno, tal vez por conveniencia electoral o sobrevivencia política, se le ocurría la “loca y peligrosa” idea, de mejorar el sistema de recaudación tributaria. Como era de preverse, esta práctica colapsó las finanzas públicas venezolanas.

Siempre se culpó de todo esto al supuesto “inmenso tamaño del gasto público venezolano”, el cual ha rondado cerca del 20% del PIB, sin embargo este argumento resulta totalmente falso cuando nos comparamos con los países desarrollados, los cuales alcanzan casi un 40%, los europeos un 35% y los asiáticos un 25% del PIB. Por lo tanto, evidentemente en este caso el problema no es de tamaño.

La insostenibilidad fiscal venezolana presenta dos orígenes, por un lado es que si bien es cierto que tenemos un nivel de gasto público bajo, la estructura de este no es funcional para el desarrollo del país, debido a que produce bienes y servicios públicos que no siempre son los mas adecuados y necesarios para generar altos niveles de bienestar entre la población, y mucho menos entre los estratos de la población mas necesitada. El otro origen puede ser catalogado de tan o mas grave que el anterior, y es que cuando analizamos la parte de los ingresos públicos, nos encontramos unos ingresos fiscales no petroleros (Ingresos por Impuestos) sumamente bajos, llegando a representar casi un 10% del PIB, porcentaje que representa la mitad de los ingresos tributarios en los países latinoamericanos, quienes a su vez, se han caracterizado por tener estructuras tributarias muy bajas en comparación con el resto del mundo. Esto nos da una idea de donde está ubicado nuestro país en este renglón. Por tal motivo, cualquier caída (por pequeña que esta sea) del ingreso petrolero tiene y seguirá presentando por muchos años, efectos devastadores en las finanzas públicas venezolanas.

Maria A. Quintero K. dijo...

La exposicion estubo buena y muy completa creo que abarcaron todo los puntos importantes de los ilicitos tributarios,los felicito..Suerte!!

Cesar A. Cipriani G. dijo...

El contenido de la exposición estuvo muy completo, creo que se supieron defender ante las preguntas del profesor eso demuestra que se prepararon, de igual forma expusieron de manera clara y se les entendio las ideas que quisieron transmitir, para asi hacer llegar el contenido a todos los que estabamos presentes.